Terminología

Administración de fronteras

Gestión de los flujos autorizados de hombres y mujeres de negocios, turistas, migrantes y refugiados/as y de la detección y prevención de la entrada ilegal de extranjeros/as en un Estado determinado. Las medidas para la administración de las fronteras incluyen la imposición, por parte de los Estados, de requisitos de visado; sanciones contra las compañías de transporte que traen extranjeros / as en forma irregular a un Estado y la intercepción en alta mar. Las normas internacionales exigen un equilibrio entre la facilitación del ingreso de verdaderos viajeros /as y la prevención de ingreso de viajeros /as por razones inapropiadas o con una documentación falsa o no válida.

Apátrida

Persona que ningún Estado considera como nacional suyo, conforme a su legislación. (Art. 1 de la Convención sobre el estatuto de los apátridas, de 1954 ). Como tal, un apátrida no tiene aquellos derechos atribuibles a la nacionalidad, como por ejemplo, en el contexto de la protección diplomática de un Estado en que el principio aplicable es que un Estado solamente puede ejercer la protección diplomática en favor de sus nacionales. Por tanto, el apátrida sólo podrá disfrutar de la protección diplomática "en el momento del perjuicio y en la fecha de la presentación oficial de la reclamación, tenga residencia legal y habitual en ese Estado." (Art. 8 del proyecto de artículos sobre la protección diplomática, adoptado por la CDI, en 2004). No tiene, además, los derechos inherentes a la condición de residente legal y habitual en el Estado de residencia temporal, ni el derecho al retorno, en el caso de que viaje.

Asimilación

Adaptación de un grupo social o étnico -generalmente una minoría- a otro. Asimilación significa la adopción del idioma, tradiciones, valores y comportamientos e incluso de cuestiones vitales fundamentales y la modificación de los sentimientos de origen. La asimilación va más allá de la aculturación.

Cooperación técnica

Acción de intercambio de información y conocimientos sobre determinadas materias, especialmente enfocada hacia las funciones del sector público. Por ejemplo, desarrollo de legislaciones y procedimientos; asistencia en el diseño y en la ejecución de infraestructuras o fortalecimiento del desarrollo tecnológico.

Personas desplazadas internas

Personas o grupos de personas que se han visto forzadas u obligadas a huir o dejar sus hogares o su residencia habitual, particularmente como resultado o para evitar los efectos de un conflicto armado, situación de violencia generalizada, violación de los derechos humanos o desastres naturales o humanos y que no han atravesado una frontera de un Estado internacionalmente reconocido. (Principios Rectores de los desplazamientos internos, Doc. ONU, E/CN.4/1998/53/Add.2.).

Emigración

Acto de salir de un Estado con el propósito de asentarse en otro. Las normas internacionales de derechos humanos establecen el derecho de toda persona de salir de cualquier país, incluido el suyo. Sólo en determinadas circunstancias, el Estado puede imponer restricciones a este derecho. Las prohibiciones de salida del país reposan, por lo general, en mandatos judiciales.

Fortalecimiento institucional

Fortalecimiento institucional o de las capacidades de un Gobierno y de la sociedad civil, mediante el mejoramiento de sus conocimientos, destrezas y aptitudes. Ello puede consistir en un proyecto sustantivo con un Gobierno asociado o, en otras circunstancias, puede llevarse a cabo a través de una agenda multilateral/bilateral de cooperación que desarrollarán las autoridades competentes. En todo caso, con la creación o el fortalecimiento de las capacidades, se busca mejorar las capacidades administrativas de los países.

Gestión migratoria

Término que se utiliza para designar las diversas funciones gubernamentales relacionadas con la cuestión migratoria y el sistema nacional que se encarga, en forma ordenada, del ingreso y la presencia de extranjeros / as dentro de los límites de un Estado y de la protección de los refugiados / as y otras personas que requieren protección.

Inmigración

Proceso por el cual personas no nacionales ingresan a un país con el fin de establecerse en él.

Libertad de circulación

Este derecho está basado en tres elementos fundamentales: libertad de circulación en el territorio de un Estado (Art. 13 (1) de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, 1948: "Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado."), derecho a salir y a regresar a su propio país. (Art. 13 (2) de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, 1948: "Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país").

Migración facilitada

Migración facilitada - Migración regular alentada o estimulada, haciendo que el viaje de las personas sea más fácil y conveniente. Ello puede comprender distintas medidas, entre las cuales, por ejemplo, la modernización del sistema de visado o procedimientos y personal más eficiente en la inspección de los / las pasajeros / as.

Migración

Término genérico que se utiliza para describir un movimiento de personas en el que se observa la coacción, incluyendo la amenaza a la vida y su subsistencia, bien sea por causas naturales o humanas. (Por ejemplo, movimientos de refugiados / as y de desplazados / as internos /as, así como personas desplazadas por desastres naturales o ambientales, desastres nucleares o químicos, hambruna o proyectos de desarrollo económico).

Migración laboral

Movimiento de personas del Estado de origen a otro con un fin laboral. La migración laboral está por lo general regulada en la legislación sobre migraciones de los Estados. Algunos países asumen un papel activo al regular la migración laboral externa y buscar oportunidades de trabajo para sus nacionales en el exterior.

Migración ordenada

Movimiento de personas de su lugar de residencia a otro, respetando la legislación que regula la salida y el viaje del país de origen, el tránsito y el ingreso en el territorio del país de tránsito o receptor.

Migrante

A nivel internacional no hay una definición universalmente aceptada del término "migrante." Este término abarca usualmente todos los casos en los que la decisión de migrar es tomada libremente por la persona concernida por "razones de conveniencia personal" y sin intervención de factores externos que le obliguen a ello. Así, este término se aplica a las personas y a sus familiares que van a otro país o región con miras a mejorar sus condiciones sociales y materiales y sus perspectivas y las de sus familias.

Migrante calificado

Trabajador / a migrante que por sus competencias recibe un tratamiento preferencial en cuanto a su admisión en un país distinto al suyo. Por esas razones, está sujeto/a a menos restricciones en lo que respecta a la duración de su estadía en el país receptor, al cambio de empleo y a la reunificación familiar.

Migrante documentado

Migrante que ingresa legalmente a un país y permanece en él, de acuerdo al criterio de admisión.

Migrante económico

Persona que habiendo dejado su lugar de residencia o domicilio habitual busca mejorar su nivel de vida, en un país distinto al de origen. Este término se distingue del de "refugiado/a" que huye por persecución o del refugiado/a de facto que huye por violencia generalizada o violación masiva de los derechos humanos. También se usa para hacer referencia a personas que intentan ingresar en un país sin permiso legal y/o utilizando procedimientos de asilo de mala fe. Asimismo, se aplica a las personas que se establecen fuera de su país de origen por la duración de un trabajo de temporada (cosechas agrícolas), llamados / as "trabajadores/as de temporada" o temporeros/as.

Migrante irregular

Persona que habiendo ingresado ilegalmente o tras vencimiento de su visado, deja de tener status legal en el país receptor o de tránsito. El término se aplica a los / las migrantes que infringen las normas de admisión del país o cualquier otra persona no autorizada a permanecer en el país receptor (también llamado clandestino/a / ilegal/migrante indocumentado/a o migrante en situación irregular). No se recomienda su uso, sino “migrante en situación administrativa irregular”.

Trabajador de temporada

Todo/a trabajador/a migrante cuyo trabajo, por su propia naturaleza, dependa de condiciones estacionales y sólo se realice durante parte del año. (Art. 2 (2) (b) de la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, de 1990).

Naturalización

Concesión de la nacionalidad por un Estado a un/a extranjero/a mediante un acto formal individual. El derecho internacional no prevé normas detalladas relativas a la naturalización, pero reconoce la competencia de cada Estado de naturalizar a personas que no son sus nacionales y que solicitan ser nacionales de ese Estado.

Normas internacionales mínimas

Los Estados están obligados a observar normas mínimas establecidas por el derecho internacional relativas al tratamiento de extranjeros/as en su territorio (o de la propiedad de estas personas). Así, por ejemplo, el Estado violaría el derecho internacional y estas normas mínimas si incurriera en denegación de justicia, en el retraso injustificado de un procedimiento judicial o de acceso a los tribunales.

País de origen

País del cual procede un/a migrante o flujos migratorios

País receptor

País de destino o tercer país que recibe a una persona. En el caso del retorno o repatriación, también se considera país receptor al país de origen. País que, por decisión ejecutiva, ministerial o parlamentaria, ha aceptado recibir anualmente un cupo de refugiados / as o de migrantes.

Reasentamiento

Reubicación e integración de personas (refugiados/as, desplazados/as internos/as, etc.) en otra área geográfica, generalmente en un tercer país. Es el asentamiento duradero de refugiados/as en un país distinto al de refugio. Este término abarca generalmente la parte del proceso que se inicia con la selección de refugiados/as a ser reasentados y que concluye con la ubicación de refugiados/as en una comunidad en el país del reasentamiento.

Refugiado/a (reconocido/a)

Persona que con "fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país". (Art. 1 (A) (2), de la Convención sobre el Estatuto de Refugiado de 1951, modificada por el Protocolo de 1967).

Remesa

Suma de dinero ganada o adquirida por no nacionales, trasferida a su país de origen.

Repatriación

El derecho individual de un/a refugiado/a o de un/a prisionero/a de guerra de regresar al país de nacionalidad en determinadas condiciones está previsto en varios instrumentos internacionales. (Convenciones de Ginebra de 1949 y los Protocolos de 1977, Reglamento sobre las leyes y costumbres de la guerra terrestre, anexo a la Cuarta Convención de La Haya de 1907, Instrumentos de derechos humanos así como también el derecho internacional consuetudinario). El derecho a la repatriación se confiere a la persona a título individual y no a la autoridad que la retiene. Además, la repatriación, está sujeta a la obligación de la autoridad de liberar a las personas elegibles (militares y civiles) y a la obligación del país de origen de recibir sus propios nacionales. Repatriación es un término que también se aplica en situaciones de crisis al personal diplomático y a los/as funcionarios/as internacionales.

Trata de personas

La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. (Art. 3 (a) del Protocolo para prevenir, suprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños/as, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, 2000).

Xenofobia

Odio, repugnancia u hostilidad hacia los/as extranjeros/as. En el ámbito internacional no hay una definición aceptada de xenofobia aunque puede ser descrita como actitudes, prejuicios o conductas que rechazan, excluyen y, muchas veces, desprecian a otras personas, basados en la condición de extranjero/a o extraño/a a la identidad de la comunidad, de la sociedad o del país. Hay una relación muy estrecha entre racismo y xenofobia, términos difíciles de separar.

Recomendaciones y Enlaces

Terminología

  • La información necesitan un lenguaje exacto. Es muy importante que los /las periodistas estén al tanto de la dimensión del significado de las palabras que utilizan. Esto es especialmente importante al hablar con y sobre cualquier tipo de grupo minoritario, pero también debe aplicarse como regla general.
  • Evitar utilizar un lenguaje deshumanizador que evoca imágenes de invasiones o desastres naturales ("desbordamiento", "avalancha"), ya que crean imágenes distorsionadas de la realidad.
  • Diferenciar entre "demandantes de asilo", "refugiados/as" y "personas migrantes" donde sea razonable y factible hacerlo. Evitar hacer suposiciones radicales acerca de las intenciones de las personas migrantes.
  • No utilizar el adjetivo "ilegal" para describir a las personas migrantes. Evitar la terminología que es apropiada solo cuando se refiere a objetos, como el verbo "interceptar".

Investigación

  • Cuando se informa a la ciudadanía sobre el derecho de asilo y el proceso de solicitud de asilo cuando sea relevante, debe referenciarse el derecho legal al asilo político y humanitario, explicar el proceso  y las causas del desplazamiento de personas.
  • Poner en contexto los movimientos migratorios. Informar al público sobre las razones por las que las personas se sienten obligadas a abandonar su patria e investigar qué conexiones pueden existir con las políticas y prácticas de los estados europeos.
  • Enfatizar la diversidad dentro de las comunidades minoritarias / étnicas / religiosas en la sociedad. Debemos tener en cuenta que estas comunidades son grupos heterogéneos con diferentes creencias y prácticas. Y, al hacerlo, desafiar los estereotipos asociados a ellos (por ejemplo, no hay una comunidad musulmana, sino muchas comunidades -Shi’ah, Sunni, Sufi ...)

Contenido

  • Al informar sobre temas de migración, hay que evitar centrarse en la deportación, el sistema de asilo y la trata de personas, ya que crea un marco negativo en la representación de inmigrantes / solicitantes de asilo / refugiados/as en los medios de comunicación.
  • Evitar la victimización y simplificación excesiva. La migración es un tema complejo, con muchas causas diferentes y diversos efectos, y merece una cobertura mediática que recoja dicha complejidad. En general, las propias personas migrantes no son víctimas o héroes.
  • Las estadísticas deben ser presentadas en el contexto de las cifras de la población general. Referencias al supuesto aumento en los índices de criminalidad, aumentos en el racismo y el conflicto racial, así como amenazas a la seguridad nacional, son evidentes en los informes de los medios de comunicación, pero con los/as migrantes / refugiados/as / solicitantes de asilo como responsables del delito, incluso cuando son las víctimas.
  • ¿Tiene la nacionalidad o el color de la piel de la persona sobre la que está informando alguna relevancia para la historia que se relata? En caso de duda, no debe incluirse.
  • Hay que evitar describir a las personas migrantes con el mismo enfoque generalista. Hay que tener cuidado de no utilizar las acciones de un individuo para manchar la reputación de todos los integrantes de una comunidad o lanzar sospechas sobre todas las personas migrantes.
  • No caer en la trampa de centrarse únicamente en los posibles aspectos negativos de la inmigración. También es importante destacar las contribuciones positivas de esta y de las personas migrantes a título individual. Los logros económicos de los / las migrantes son otro buen tema para los informes. Fortalecen la confianza en los resultados positivos de las sociedades abiertas. Es importante, sin embargo, en el proceso el no reducir a los migrantes a factores económicos.
  • La identificación positiva debe ser posible mediante la inclusión de migrantes en el contexto de productos de medios atractivos como espectáculos y películas. Pueden ayudar a disipar los mitos de manera mucho más efectiva que las apelaciones morales o las pautas políticas.
  • Hay que tener en cuenta que no existe una conexión estructural entre la inmigración y el terrorismo. En los casos en que puede haber un vínculo entre estas dos cuestiones, lo correcto es atenerse a los hechos y evitar generalizaciones.
  • Al informar del impacto de la inmigración en áreas tales como la economía y la delincuencia, no se debe caer en suposiciones o narraciones que se derivan de la política y la emoción. Atenerse a los hechos: ¿qué muestran las estadísticas en realidad?
  • Esforzarse en la precisión para evitar los prejuicios. Los contenidos informativos deben ser imparciales, inclusivos y basados en hechos.
  • No se debe confiar en los relatos populistas estereotipados sobre las personas migrantes; en su lugar, hay que examinarlos críticamente. Debemos familiarizarnos de primera mano con el tema y hablar directamente con las personas implicadas o afectadas. Visitar los campamentos y las oficinas dedicadas al asilo puede ser una forma adecuada, así como preguntar a las personas especializadas en el tema y a las organizaciones de la sociedad civil sobre sus puntos de vista y experiencias.
  • Mantenerse lejos del sensacionalismo. Cuando se dan problemas dentro del sistema de asilo -por ejemplo, disturbios o se observa un aumento en la pequeña delincuencia- hay que analizar su raíz de forma crítica.
  • Cuando se trata de vídeo o foto, hay que intentar equilibrar la actualidad periodística con el derecho de las personas migrantes a la privacidad y evitar cualquier posibilidad de represalia en su contra. También hay que asegurarse de que los subtítulos de los vídeos son exactos.

Fuentes de Información

  • Use las voces de los refugiados/as / solicitantes de asilo / migrantes / grupos de apoyo al informar sobre el tema de la migración y el asilo. En muchas ocasiones, las historias son sobre refugiados/as, solicitantes de asilo y migrantes, pero sin sus voces. Los /Las migrantes, refugiados/as y solicitantes de asilo son a menudo tratados por los medios de comunicación como una minoría silenciosa, una masa homogénea y amorfa. Este grupo no tiene voz, no porque no tengan nada que decir, sino porque su derecho a hablar y ser escuchado en el debate sobre sí mismos ha sido severamente limitado por la elección de fuentes de los / las periodistas. Sin embargo, su voz y experiencia es esencial para construir el relato.
  • Cuando se utiliza a personas migrantes como fuentes de relatos o entrevistas, se ha de tratar a estas personas con el mismo respeto que cualquier otra fuente. Sin embargo, hay que ser conscientes de ciertas sensibilidades particulares. Hay demandantes de asilo que se sienten perseguidos/as y pueden temer represalias contra ellos/as o contra sus familias en su país de origen; también pueden tener el temor de que actuar como fuente pueda perjudicar su solicitud de asilo. Se debe aclarar a la fuente sobre qué se hará con el material informativo que estas personas han proporcionado y respetar las solicitudes de anonimato.
  • Las voces y las opiniones de los/las migrantes y las minorías étnicas / religiosas no deben limitarse a las noticias específicas de sus comunidades específicas, sino que deben incluirse en discusiones sobre temas de interés general.
  • No se debe citar a políticos/as u otras figuras públicas sobre temas de migración sin contextualizar, fundamentar y, cuando sea necesario, cuestionar sus declaraciones. En éste sentido, se ha de contrastar con las opiniones de los /las expertos/as, los grupos de defensa y las propias personas migrantes para ayudar a establecer el contexto y cuestionar las opiniones y los supuestos de los políticos.

Ética Profesional

  • La información debe ser precisa, no sesgada, además ser imparcial, inclusiva y basada en hechos. No reproduzca narrativas que emanen de la política y la emoción en lugar de los hechos. Proporcionar datos reales y no informes sensacionalizados. Términos como "marea / ola"; "Inundación", etc. se utilizan comúnmente para crear una sensación de que el país está "invadido" por migrantes, solicitantes de asilo y refugiados/as. Además de esto, se deber evitar el uso de una variedad de metáforas que sirven para demonizar a quienes buscan asilo como "Carga", "Mendigo", etc.
  • Hay que informar sobre los comentarios de odio y/o racistas emitidos por grupos o individuos, contextualizar estas declaraciones desafiando estos comentarios y exponiendo cualquier premisa falsa. Es importante evitar simples reproducciones de estos comentarios para avivar la controversia sin considerar el impacto que puede tener en el grupo afectado por ellos.

Sistémico

  • Los /las medios tienen que adaptar sus políticas de personal en consecuencia. Esto abrirá nuevos caminos para que los /las migrantes cualificados participen en los discursos sociales.
  • Es recomendable informar de un posible discurso de odio en los medios de comunicación a las autoridades, así como a los grupos de la sociedad civil que combaten el discurso de odio.
  • El periodismo de investigación debería recibir mucho más apoyo, particularmente en relación con la denuncia los grupos de extrema derecha o la explotación de las comunidades de migrantes.

Bibliografía/Enlaces

Glosario sobre migraciones

Glosario 2.0 Migración y Asilo:

Informar sobre Procesos Migratorios y Minorías:

Inmigración y Medios de Comunicación Manual recopilatorio de buenas prácticas periodísticas

This content is also available in: Inglés Alemán